
Núm. 32
6 de marzo de 2021
Fascículo 41 – Sec. V. – Pág. 8191
El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas a personas físicas y jurídicas con empresas dedicadas a:
– Comercio mayorista de toda clase de mercancías, de materias agrarias, productos alimenticios, bebidas y tabacos que se han visto afectados por el cierre de bares y restaurantes.
– Salas de baile y discotecas con expediente de regulación temporal del empleo desde el mes de marzo de 2020 por las medidas de contención de la covid-19.
La finalidad de la convocatoria es paliar el agravio sufrido por estas entidades por las medidas sanitarias de contención de la covid-19.
Beneficiarios:
– Las personas físicas y jurídicas privadas y las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica debidamente constituidas según la normativa.
– Tienen que ser titulares de empresas del sector del comercio mayorista de mercancías y de salas de baile y discotecas, con el establecimiento abierto en Mallorca, con sede social en Mallorca.
– Tener los centros de trabajo en Mallorca.
– Tener domicilio fiscal en Mallorca.
– Estar al corriente de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Seguridad Social, Consejo Insular de Mallorca y entes dependientes y con la Fundació Mallorca Turisme.
– Constar de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
– No pueden haber sido sancionados por incumplimiento de la normativa en materia de contención de la covid-19.
– Se exige no haber despedido trabajadores afectados por los expedientes de regulación temporal del empleo (ERTO).
– Si es una comunidad de bienes se tienen que indicar en la solicitud los comuneros, cuota de participación y adjuntar el contrato de
constitución.

Sí necesitas asesoramiento y/o gestión para la obtención de esta ayuda, ponte en contacto con nosotros.